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Rincón Solidario

Dr. Juan Antonio CostantinoContesta el Dr. Juan Antonio Costantino

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Rincón Solidario

La Ley provincial Nº 14.701

Buen día.

Soy un pequeño administrador de la ciudad de Mar del Plata y tengo dos preguntas para hacerles:

1) ¿Ya es aplicable la nueva Ley provincial 14.701? Los abogados que he consultado, si bien son especialistas en propiedad horizontal, no han aunado criterios.
2) En cuanto a la renovación del mandato -para despejar todo tipo de dudas (mías, por supuesto), cumplido el año de mandato y sabiendo la poca concurrencia a las asambleas -más en ciudades balnearias- ¿quiere decir que si van tres propietarios a la asamblea sobre 70 -como me ha ocurrido- y dos no te quieren, entonces uno deja de administrar el consorcio?

Desde ya, muchas gracias. Son de mucha ayuda para despejar cualquier duda.

Gracias.

Andrés [Mar del Plata]

(7/10/2015)

Estimado lector:

Respondiendo su inquietud y con mayor razón siendo ambos de Mar del Plata, le hago saber lo siguiente:

La Ley 14.701, en la cual tuvimos el honor que nos hayan solicitado opinión sobre temas puntuales durante su elaboración, se encuentra plenamente vigente, con la única excepción que todavía falta formalizar la creación edilicia y de personal del Registro de Administradores, según el Art. 22º de la ley que será -a su vez- el que aplicará las sanciones previstas en el Capítulo IV.

En el caso que usted plantea de la falta de mayorías para nombrar al administrador (situación habitual en los edificios de la costa Atlántica) se puede hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 2.060º del Código Civil y Comercial el cual indica que la mayoría de los presentes pueden proponer decisiones, las que deben comunicarse por medio fehaciente a los propietarios ausentes y se tienen por aprobadas a los quince días de notificados, excepto que éstos se opongan antes por igual medio, con mayoría suficiente.

De todo modos, siempre queda la alternativa de la asamblea judicial que resuelve por simple mayoría de los presentes o representados.

Tratándose de un representante legal, el mismo continúa en funciones hasta la designación de uno nuevo.

Saluda Atte.

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El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnetbiz.com.ar.

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